Es una de las dudas más habituales cuando alguien deja una empresa: cuánto finiquito me corresponde si llevo 3 años trabajando allí. La respuesta sorprende a mucha gente: la antigüedad no hace que el finiquito sea mayor. Lo que sí depende de los años que llevas es la indemnización, y solo cuando la salida se debe a un despido o al final de un contrato temporal. Confundir los dos conceptos es el error más frecuente al revisar lo que te paga la empresa.
En este artículo verás qué partes forman el finiquito, por qué tus 3 años no cambian su importe y en qué casos sí cuentan. Si ya tienes a mano tus fechas y tu salario bruto, puedes calcular tu finiquito en un momento y comparar el resultado con el documento que te entregue la empresa.
Qué incluye el finiquito, tengas la antigüedad que tengas
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe por el trabajo que ya has hecho. Se paga siempre que termina la relación laboral, también cuando eres tú quien decide marcharse. Incluye tres conceptos:
- Salario de los días trabajados del último mes. Si sales a mitad de mes, cobras la parte de ese mes que has trabajado.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas. Por ley tienes como mínimo 30 días naturales de vacaciones al año, y tu convenio puede mejorarlo. Se generan en proporción al tiempo trabajado y, al terminar la relación laboral, los días que no hayas disfrutado se pagan en dinero.
- Parte proporcional de las pagas extra. La ley garantiza dos pagas extraordinarias al año. Si no las cobras prorrateadas en la nómina, el finiquito incluye la parte que hayas generado y todavía no hayas cobrado.
Fíjate en que ninguno de los tres conceptos mira atrás más allá del año en curso o del periodo de la paga extra que está pendiente. Las vacaciones de otros años, en general, tenías que disfrutarlas en su momento, y las pagas extra de periodos ya cerrados las cobraste en su día. Por eso una persona con 3 años de antigüedad y otra que lleva poco tiempo, con el mismo salario y la misma fecha de salida, pueden tener un finiquito muy parecido.
Lo que sí cambia el importe es tu salario, la fecha exacta en la que sales, cuántas vacaciones has disfrutado ya y si tus pagas extra van prorrateadas o no. Esos son los datos que tienes que revisar con lupa.
Dónde sí cuentan tus 3 años: la indemnización
La antigüedad entra en juego en la indemnización, que es un concepto distinto del finiquito. La indemnización compensa la pérdida del empleo y solo existe en algunos casos. Se calcula en días de salario por cada año trabajado, así que aquí tus 3 años sí pesan:
| Motivo de la salida | Finiquito | Indemnización |
|---|---|---|
| Baja voluntaria | Sí | No |
| Fin de contrato temporal | Sí | 12 días de salario por año trabajado |
| Despido objetivo | Sí | 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades |
| Despido improcedente | Sí | 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades |
| Despido disciplinario procedente | Sí | No |
Con 3 años en la empresa estás muy lejos de esos máximos, así que la indemnización sale de multiplicar los días que correspondan por tu tiempo de servicio. En el despido improcedente, además, los periodos inferiores al año se prorratean por meses. Las reglas especiales para el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 no te afectan, porque tu contrato es posterior.
Hay otra diferencia importante: la indemnización obligatoria por ley está exenta de IRPF hasta 180.000 € y no cotiza a la Seguridad Social. Los conceptos del finiquito, en cambio, cotizan y tributan como cualquier nómina. Por eso conviene que aparezcan como partidas separadas en el documento que te den.
Si te han despedido y crees que te corresponde algo más, en qué hacer ante un despido improcedente tienes los pasos a seguir y lo que debes vigilar.
Cómo comprobar que tu finiquito está bien calculado
- Revisa tu salario de referencia. Ten a mano tu última nómina: el salario bruto y si las pagas extra van prorrateadas. Es la base de todo el cálculo.
- Cuenta las vacaciones pendientes. Parte de los días que te corresponden en el año (los 30 días naturales legales o los que fije tu convenio), calcula la parte proporcional hasta tu fecha de salida y resta los que ya has disfrutado. Si has disfrutado más de los que habías generado, la empresa puede descontar la diferencia.
- Comprueba las pagas extra. Si van prorrateadas, ya las has cobrado mes a mes y no deben volver a aparecer. Si no, pregunta cómo se devengan según tu convenio, porque eso cambia el importe.
- Separa finiquito e indemnización. Si te corresponde indemnización, debe figurar aparte y sin retención de IRPF dentro del límite legal.
- Compara con tu propio cálculo. Con tus fechas y tu salario, la calculadora te da el desglose concepto por concepto. Es la forma más rápida de detectar un error antes de firmar.
¿Y si no estás de acuerdo con el importe?
Firmar el finiquito sirve para dejar constancia de que has recibido el dinero. Si crees que falta algo, puedes firmar añadiendo «no conforme» junto a tu firma y reclamar después. En qué pasa si firmas el finiquito como no conforme te explicamos cómo hacerlo y qué conviene guardar.
Y si eres tú quien se marcha, revisa también qué derechos tienes en una baja voluntaria: el finiquito se mantiene, pero cambian otras cosas, como el acceso al paro.
En resumen
- Llevar 3 años en la empresa no aumenta el finiquito: se calcula con el último mes trabajado, las vacaciones pendientes y la parte de pagas extra que no has cobrado.
- La antigüedad sí cuenta en la indemnización, que solo existe en un despido o al terminar un contrato temporal.
- Pide siempre el desglose por escrito y compáralo con tu propio cálculo antes de firmar.
Datos según el BOE y la normativa vigente en 2026. Fuentes: Estatuto de los Trabajadores. Cifras revisadas el 28 de septiembre de 2026.
Calcula tu caso exacto
Días del último mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extra pendientes e indemnización.